viernes, 6 de febrero de 2009

¿Por que se nos niega un artículo de la constitución?


Inmediatamente después de la muerte de Fernando VII el 29 de septiembre de
1833, la regente María Cristina de Borbón trató de llegar a un acuerdo con los partidarios de don Carlos María Isidro. Esa fue la misión que le confió a Francisco Cea Bermúdez, líder de un gobierno que duró apenas tres meses. Sin embargo, aunque los esfuerzos por atraerse a los carlistas fueron vanos, su gobierno emprendió una reforma de gran envergadura, que sigue estando vigente en España más de siglo y medio después: la división de España en provincias. La división provincial de Javier de Burgos de 1833 incluía 49 provincias. El mismo decreto que creó la división provincial agrupó a las provincias en "regiones históricas".


Mapa de la división territorial de España en 1833 (regiones).


León: León, Salamanca y Zamora.

Constitución española (1978)


Artículo 2.


La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles,
y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

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